Los procesos de justicia transicional son complejos, políticamente cuestionados y no necesariamente se desarrollan de manera lineal. Debido a esto, presentan desafíos teóricos y prácticos únicos al momento de medir sus resultados. Este informe busca mejorar las prácticas de monitoreo y evaluación actuales y respaldar procesos e intervenciones basados en evidencia en el campo de la justicia transicional. Asimismo, promueve un enfoque más matizado de monitoreo y evaluación que considere los desafíos, condiciones y necesidades específicas del campo y los diferentes contextos donde tienen lugar los procesos de justicia transicional.
La violencia criminal y las violaciones a los derechos humanos sobrepasan la capacidad del sistema de seguridad y justicia de México. A pesar de no experimentar una transición política, México puede utilizar experiencias de justicia transicional para diseñar una política de justicia y prevención. Esto requiere una cuidadosa adaptación a las particularidades del país. Este análisis examina las oportunidades que el escenario actual ofrece para adaptar experiencias de justicia transicional para enfrentar este desafío.
A medida que los defensores de derechos humanos y los representantes estatales reconocen cada vez más la necesidad de involucrar a las niñas en los procesos de búsqueda de la verdad, crece la necesidad de disponer de herramientas prácticas que faciliten la participación de las niñas y al mismo tiempo prioricen su protección. Este protocolo para la toma de declaraciones proporciona un marco para entrevistar a las niñas que han expresado su deseo de contarle su experiencia a iniciativas de búsqueda de la verdad y de documentación; trazando principios de protección, estrategias de investigación y pautas de comportamiento para interactuar con las niñas.
Las disculpas públicas oficiales son un elemento importante de la política de justicia transicional. Como forma de reparación simbólica, una disculpa es un reconocimiento formal, solemne y, en la mayoría de los casos, público de que se cometieron violaciones a los derechos humanos en el pasado, de que estas causaron daño grave y a menudo irreparable a las víctimas, y de que el Estado, el grupo o el individuo que pide disculpas acepta parte o toda la responsabilidad por lo ocurrido. La decisión de pedir disculpas puede y debe utilizarse para apoyar una visión justa y moral que permita a las víctimas y al público mirar hacia el futuro con esperanza.
Uno de los puntos cruciales de la negociación ha sido, y sigue siendo, el adecuado tratamiento penal de los distintos delitos cometidos en el marco del conflicto armado. El debate, aún no concluido, ha girado sobre la posibilidad de recurrir a medidas excepcionales como el indulto o la amnistía; sobre los límites que establecen los crímenes internacionales y también sobre las posibilidades y consecuencias jurídicas de la utilización de la figura del delito político y la definición y alcance de los que se pueden considerar sus delitos conexos.
Este análisis aborda la complejidad que conlleva fijar objetivos para castigar a aquellos miembros de las FARC que se consideran responsables principales de los crímenes más graves.
Este informe analiza las importantes dimensiones de género de la desaparición forzada y cómo estas afectan tanto a las mujeres desaparecidas como a aquellas que son víctimas en virtud de sus lazos familiares con los desaparecidos. En ambos casos, los roles de género y las desigualdades arraigadas en la tradición, raza, cultura, religión y clase hacen que las experiencias de las mujeres sean diferentes a las de los hombres.
Este informe es el resultado de un estudio sobre la implementación del Programa de Reparación Individual en Colombia, llevado a cabo por el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ) y financiado con recursos de la Embajada del Reino de los Países Bajos. El ICTJ reconoce la importante contribución de los hombres y las mujeres que participaron en este proceso de investigación, quienes compartieron sus opiniones, preocupaciones y propuestas sobre la implementación del programa de reparaciones individuales establecido por la Ley 1448 de 2011.
Este trabajo analiza por primera vez extendidas ideas sobre los motivos que llevan a la creación de comisiones de la verdad durante los procesos de paz y los factores que pueden hacerlas prosperar o fracasar. En concreto, compara las comisiones de otros países, entre ellos Guatemala, Sierra Leona, la República Democrática del Congo (RDC), Kenia y Nepal.
El informe, resultado de una investigación de la organización Casa de la Mujer, en convenio con el ICTJ, analiza los obstáculos que las mujeres y sus organizaciones enfrentan en los procesos de participación, implementación, atención y reparación establecidas por la Ley 1448 de 2011 (conocida como Ley de Víctimas). Asimismo, el informe contribuye a dotar a las mujeres de herramientas para que exijan su derecho a la verdad, la justicia y la reparación.